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Muy buen artículo. El anterior también me gustó mucho, sin duda, la competencia perfecta no es la competencia. Vamos con algún comentario breve xDD:

1. Es cierto que el liberalismo es una filosofía política que se fundamenta en una ética deontológica (por ejemplo, una máxima muy potente es que las relaciones voluntarias son mejores que las no consentidas), pero también puede haber un núcleo consecuencialista en su seno. ¿Cuál es el objetivo último de la estructura de derechos del liberalismo? Garantizar la coexistencia pacífica de las personas. Al fin y al cabo, el liberalismo tiene su origen en un contexto muy determinado: las guerras de religión.

2. Soy bastante fan de la microética de Caplan y Huemer ( la búsqueda de principios generales a partir de casos sencillos e intuitivos) y la idea de que la libertad es una presunción, no un dogma apriorístico absoluto. No es imposible encontrar buenos argumentos que justifiquen una violación de los derechos individuales en determinadas circunstancias especiales.

3. La justificación del deber de auxilio de Huemer me pareció muy interesante. Aunque soy un firme defensor del derecho a discriminar, esto puede dar lugar a situaciones disparatadas. Supongamos que una persona de raza negra ha sufrido un accidente y su única alternativa es llevarlo a un hospital cuyo gerente se niega a atender a personas de raza negra. Creo que aquí el deber de auxilio está más que justificado porque la consecuencia inmediata y clara sería la muerte de la persona (y sin vida no hay esfera de libertad).

Por supuesto, el problema es el de siempre: su elasticidad o inconsistencia. Lo que empieza por un caso excepcional, acaba por una fuerte redistribución. ¡Pero ojo! Sobre el papel, la aplicación de los derechos individuales puede ser muy estricta. Ya te comenté que la servidumbre de paso es otro límite de índole consecuencialista para que el derecho de propiedad no suponga una enorme restricción de la capacidad de acción de un sujeto de derecho.

4. Cuando hablo de republicanismo, también tengo que aclarar que no me estoy refiriendo a que ZP sea el próximo jefe de Estado o al Partido Republicano de EEUU xD. El caso es que la jefatura del Estado es bastante irrelevante y lo que en verdad importa es la calidad del Estado de Derecho. ¿Monarquía o República? Me la pela un poco. ¿Limitación o habilitación del poder político? Esta es la pregunta correcta. En España el asunto de la jefatura de Estado se utiliza como mero pretexto para abrir un proceso constituyente y escribir una nueva carta a los reyes… magos.

Pero volviendo a la filosofía política, como dice Rallo, el principio de no dominación no implica otra cosa que te domine el Estado o el “pueblo”. Supongo que ya conoces este paper.

https://onlinelibrary.wiley.com/doi/abs/10.1111/papa.12082

5. Algunas veces los liberales se refieren a la libertad como la esfera moral de acción legítima e inatacable (la dignidad intrínseca de la persona) y otras al principio de justicia que resuelve el conflicto entre dos esferas morales incompatibles ( el principio de no interferencia). Personalmente, prefiero este último concepto de libertad, dado que puede haber otros principios de justicia que resuelvan conflictos interpersonales, e incluso que sean superiores a la presunción de libertad en algunas circunstancias (de hecho, me resulta bastante sugerente el utilitarismo de metarreglas).

¿Pero cuál es esa esfera moral legítima sobre la que se aplica el principio de no interferencia? Es un asunto muy relevante y hay varias posibilidades:

- Una posibilidad consiste en que el dominio moral de cada persona sea completamente subjetivo, de tal modo que para algunos allanar la propiedad sería una intromisión no consentida, para otros que se utilice su imagen en contra de su voluntad, para otros recibir un piropo etc.

Esta alternativa presenta varios problemas importantes: unos costes operativos inconmensurables; el diferente “diámetro” de la esfera moral implica seguramente una vulneración de la simetría jurídica y el territorio moral individual tenderá a ser ultra expansivo porque prácticamente todo plan de acción sería susceptible de demandas judiciales (en concreto, los individuos más sensibles con las acciones (u omisiones) ajenas disfrutarán potencialmente de una mayor protección jurídica que los menos sensibles).

-Otra opción es la propietarista: el cuerpo y la propiedad constituyen el único ámbito de control exclusivo de la persona. Según este enfoque, la única fuente de conflicto es la escasez y el cuerpo y los medios materiales son escasos. El problema que veo a esta perspectiva es que no está demasiado claro cómo critica moralmente la esclavitud (un esclavo pude tener una buena integridad física) y que la escasez no es la única fuente de conflicto.

-Otra posibilidad se acerca más al liberalismo clásico y es la que habla Rallo en su libro: la esfera moral de la persona está constituida por su propiedad, su libertad personal y su autonomía contractual. Personalmente, yo incluiría a la vida ( la cuál se puede dividir en dos (sub)parcelas morales: integridad física e espiritual); la libertad personal o de acción me parece un poco redundante (la libertad es el propio respeto irrestricto y simétrico a la vida, propiedad y contratos de las demás personas, el respeto simétrico del espacio moral de los demás) y creo que la autonomía contractual se puede sustituir por algo más general como es el derecho de asociación ( al fin y al cabo, los contratos es uno de los muchos mecanismos para entablar una asociación).

Este punto se lo comenté a Rallo y me dijo que la libertad personal no es redundante porque, de nuevo, se puede legitimar la esclavitud respetando el derecho a la vida y a la propiedad. Pero, sin que hubiera respuesta por su parte, le dije que la esclavitud no respetaría el derecho de asociación y disociación. El caso es que sigo esperando algún ejemplo de conflicto que no involucre a estas tres parcelas morales ( vida, propiedad y asociación interpersonal).

-Asimismo, también puede haber algún problema a la hora de determinar la prioridad de estas parcelas morales que acabamos de mencionar. ¿Son todas iguales o hay una jerarquía?

Así, por ejemplo, si un individuo me insulta (invade mi honor o integridad espiritual) y yo le propino un puñetazo (invado su cuerpo o su integridad física) prevalecerá mi plan de acción porque atacó primero mi esfera moral. Pero también se puede afirmar que el cuerpo (la integridad física) es más relevante que el honor (la integridad espiritual) porque el daño sobre el cuerpo es prima facie más inhabilitante que recibir un insulto (el puñetazo me puede mandar al hospital, pero si me insultan puedo seguir con mi vida con solo ignorarlo). De tal modo que la persona insultada perderá fuerza moral para reclamar que se ha producido una interferencia no consentida.

En este sentido, parece evidente que para determinar el orden de prelación de parcelas de distinto valor se requerirá primero de otros principios informadores que complementen al principio de no interferencia, ya que este precepto jurídico es idóneo para dirimir problemas entre parcelas morales de igual valor, pero no tanto cuando su valor difiere.

Rallo me respondió que, en efecto, todo esto no es una cuestión baladí y que no hay una solución perfecta a priori y que dependería de la propia comunidad política, siempre y cuando se articule bajo unos principios generales liberales. Me parece lo más razonable.

6. Para terminar, ¿por qué a tantos físicos y matemáticos les gusta la economía? Supongo que os encanta encontrar regularidades en el caos xD.

Por cierto, me gustaría saber tu opinión (tal vez te estoy dando una idea para próximos artículos) sobre si crees que la economía no es una ciencia por sus problemas de replicabilidad y formalismo matemático, ni la escuela austriaca al basarse en el método lógico-deductivo, ni tampoco la teoría subjetiva del valor porque no cuantifica la utilidad.

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